Ficha informativa: 22 de julio de 2021
En el Código Penal Federal, en su artículo 7 se denomina al delito como el “acto y omisión que sancionan las leyes penales”. Los delitos pueden ser del fuero común (afecta a la persona en lo individual) o del fuero federal (afecta la seguridad de la nación y el bienestar de todos los mexicanos). De acuerdo a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en su artículo 50, fracción I, son delitos del orden federal los previstos en las leyes federales y en los tratados internacionales. La principal ley es el Código Penal Federal, que en su artículo 1, especifica que éste se aplicará en toda la República para los delitos del orden federal; en este Código se encuentran previstos la mayoría de los delitos del fuero federal. También, algunas leyes y códigos federales especiales son:
• Leyes de Instituciones de Crédito, Inversión, Fianzas y Seguros
• Ley de la Propiedad Industrial
• Ley de Migración
• Ley de Vías Generales de Comunicación
• Ley Federal contra la Delincuencia Organizada
• Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
• Ley Federal de Derechos de Autor
• Ley Federal de Delitos cometidos en Materia de Hidrocarburos
• Ley General de Salud
• Ley General en materia de Delitos Electorales
• Código Fiscal de la Federación
El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública presenta información de la incidencia delictiva del Fuero Federal, siendo la Fiscalía General de la República la instancia responsable de la actualización de las cifras, las cuales se obtienen de la ocurrencia de presuntos delitos registrados en averiguaciones previas y/o carpetas de investigación que se iniciaron en las Agencias del Ministerio Público de la Federación. A continuación, se reportan los delitos del fuero federal registrados en el año corriente en dos secciones, la primera distingue la incidencia a nivel nacional por entidad federativa y en la segunda detalla la información que concierne al estado de Jalisco.
A nivel nacional, en el periodo de enero a junio de 2021, se registraron 39,450 carpetas de investigación y/o averiguaciones previas del fuero Federal, de las cuales, en el 47.41% (18,702) aplicó el Código Penal Federal y en el 52.59% (20,748) otras Leyes y Códigos especiales. De los delitos tipificados en el Código Penal Federal (C.P.F.), los que se cometen contra la salud sumaron un total de 3,873 casos (186 por Comercio, 211 por Otros, 1,714 por Posesión, 56 por Producción, 24 por Suministro, 754 por Tráfico, 928 por Transporte), los patrimoniales registraron 8,498 y los cometidos por servidores públicos sumaron 2,061.
En otras Leyes y códigos federales que aplican en la incidencia delictiva del fuero federal, la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos denunciaron un total de 6,928 hechos delictivos, la Ley Federal para prevenir y sancionar los delitos cometidos en Materia de Hidrocarburos abrió 3,260 casos y las Leyes de Instituciones de Crédito, Inversión, Fianzas y Seguros tuvieron 2,116 casos. En lo que se refiere a la Ley Federal contra la delincuencia Organizada se registraron 112 investigaciones (34 contra la salud y 78 en otros delitos previstos en esta ley) (Ver tabla 1).
LEY | CONCEPTO | TIPO | Enero-junio 2021 |
---|---|---|---|
Codigo penal federal | Contra la salud | Comercio | 186 |
Otros | 211 | ||
Posesión | 1,714 | ||
Producción | 56 | ||
Suministro | 24 | ||
Tráfico | 754 | ||
Transporte | 928 | ||
Otros delitos | Cometidos por servidores públicos | 2,061 | |
Contra el ambiente y la gestión ambiental | 549 | ||
Contra la integridad corporal | 446 | ||
Electorales | 5 | ||
En materia de derechos de autor | 128 | ||
Falsedad, titulo décimo tercero | 1,163 | ||
Otros delitos del c.p.f. | 1,632 | ||
Patrimoniales | 8,498 | ||
Vías de comunicación y correspondencia | 347 | ||
Total código penal federal | 18,702 | ||
Otras leyes y codigos | Ley federal contra la delincuencia organizada (l.f.c.d.o.) | Contra la salud | 34 |
Otros delitos previstos en la l.f.c.d.o. | 78 | ||
Ley general de salud (l.g.s.) | Contra la salud en su modalidad de narcomenudeo | 349 | |
Otros delitos previstos en la l.g.s. | 61 | ||
Otras leyes y codigos | Código fiscal de la federación (c.f.f.) | 839 | |
Ley de la propiedad industrial (l.p.i.) | 699 | ||
Ley de migración | 811 | ||
Ley de vías generales de comunicación (l.v.g.c.) | 2,385 | ||
Ley federal de armas de fuego y explosivos (l.f.a.f.e.) | 6,928 | ||
Ley federal del derecho de autor (l.f.d.a.) | 0 | ||
Ley federal para prevenir y sancionar los delitos cometidos en materia de hidrocarburos (l.f.p.s.d.c.m.h.) | 3,260 | ||
Ley general en materia de delitos electorales (l.g.m.d.e.) | 1,043 | ||
Leyes de instituciones de crédito, inversión, fianzas y seguros | 2,116 | ||
Otras leyes especiales | 2,145 | ||
Total otras leyes y codigos | 20,748 | ||
Total incidencia delictiva del fuero federal nacional | 39,450 |
Fuente: Elaborado por el IIEG con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Durante el periodo de enero a junio de 2021, la entidad que tuvo el mayor número de investigaciones por delitos contra la salud fue Baja California con 439 indagatorias: Posesión (276), Tráfico (77), Transporte (69), Comercio (7), Otros (6), Producción (3), Suministro (1); seguido de Sonora con 314 indagatorias: Posesión (129), Transporte (88), Tráfico (59), Otros (21), Comercio (12), Producción (4), Suministro (1). Jalisco se ubicó en la posición número 5 a nivel nacional con 251 registros: Posesión (90), Tráfico (68), Otros (35), Transporte (32), Comercio (15), Producción (10), Suministro (1) (Ver gráfica 1).
Fuente: Elaborado por el IIEG con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
De enero a junio de 2021, Ciudad De México fue la entidad federativa con el mayor número de investigaciones por delincuencia organizada (21), en segundo lugar, se ubicó Jalisco con 16 indagatorias; posteriormente Baja California (11), Tamaulipas (11), posteriormente Aguascalientes y Morelos, con 6 y 5 investigaciones respectivamente (Ver gráfica 3).
Fuente: Elaborado por el IIEG con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Durante el periodo de enero a junio de 2021, las entidades federativas que registraron el mayor número de hechos delictivos en esta materia fueron Hidalgo (798), Estado De México (487), Puebla (480) y Veracruz (210). En el caso de Jalisco, se iniciaron 84 indagatorias, por lo que la entidad se ubicó en el lugar 9 a nivel nacional (Ver gráfica 4).
Fuente: Elaborado por el IIEG con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
A nivel nacional, durante los meses de enero a junio de 2021, Baja California ocupó el primer lugar en indagatorias por este delito con 659 carpetas de investigación y/o averiguaciones previas, en segundo lugar, se posicionó Sonora (564) y posteriormente Jalisco (514). Las entidades con el menor número de casos fueron: Yucatán (16), junto con Baja California Sur (21) y Campeche (24). (Ver gráfica 5).
Fuente: Elaborado por el IIEG con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
En Jalisco, durante el periodo de enero a junio de 2021, se registraron 2,373 averiguaciones previas y/o carpetas de investigación del fuero federal; de las cuales, al 50.36% les aplicó el Código Penal Federal y al 49.64% otras Leyes y Códigos Especiales del fuero federal. Dentro del Código Penal, en delitos contra la salud, se iniciaron 251 indagatorias y el delito que más investigaciones tuvo fue el patrimonial con 631 casos. En otras Leyes y Códigos, la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos registró 514 casos y las Leyes de Instituciones de Crédito, Inversión, Fianzas y Seguros, 123 casos. Respecto a la Ley General de Salud, en su modalidad de Narcomenudeo, se iniciaron 16 indagatorias y en la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada se registraron 16 casos (Ver tabla 2).
LEY | CONCEPTO | TIPO | Enero-junio 2021 |
---|---|---|---|
Codigo penal federal | Contra la salud | Comercio | 15 |
Otros | 35 | ||
Posesión | 90 | ||
Producción | 10 | ||
Suministro | 1 | ||
Tráfico | 68 | ||
Transporte | 32 | ||
Otros delitos | Cometidos por servidores públicos | 59 | |
Contra el ambiente y la gestión ambiental | 38 | ||
Contra la integridad corporal | 24 | ||
Electorales | 1 | ||
En materia de derechos de autor | 6 | ||
Falsedad, titulo décimo tercero | 77 | ||
Otros delitos del c.p.f. | 85 | ||
Patrimoniales | 631 | ||
Vías de comunicación y correspondencia | 23 | ||
Total código penal federal | 1,195 | ||
Otras leyes y codigos | Ley federal contra la delincuencia organizada (l.f.c.d.o.) | Contra la salud | 8 |
Otros delitos previstos en la l.f.c.d.o. | 8 | ||
Ley general de salud (l.g.s.) | Contra la salud en su modalidad de narcomenudeo | 16 | |
Otros delitos previstos en la l.g.s. | 13 | ||
Otras leyes y codigos | Código fiscal de la federación (c.f.f.) | 53 | |
Ley de la propiedad industrial (l.p.i.) | 91 | ||
Ley de migración | 0 | ||
Ley de vías generales de comunicación (l.v.g.c.) | 59 | ||
Ley federal de armas de fuego y explosivos (l.f.a.f.e.) | 514 | ||
Ley federal del derecho de autor (l.f.d.a.) | 0 | ||
Ley federal para prevenir y sancionar los delitos cometidos en materia de hidrocarburos (l.f.p.s.d.c.m.h.) | 84 | ||
Ley general en materia de delitos electorales (l.g.m.d.e.) | 26 | ||
Leyes de instituciones de crédito, inversión, fianzas y seguros | 123 | ||
Otras leyes especiales | 183 | ||
Total otras leyes y codigos | 1,178 | ||
Total incidencia delictiva del fuero federal en jalisco | 2,373 |
Fuente: Elaborado por el IIEG con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Del total de incidencia delictiva del fuero Federal en Jalisco, durante el periodo de 2013 a 2020, 2016 fue el año con el menor número de indagatorias, pues se registraron 4,287 carpetas de investigación y/o averiguaciones previas y el año que tuvo el mayor número de indagatorias fue 2018 con 7,057 casos. Durante el periodo de enero a junio de 2021 se iniciaron 2,373 indagatorias, lo que representó el 48.9% del total de carpetas iniciadas durante 2020 (Ver gráfica 6).
Fuente: Elaborado por el IIEG con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
En el periodo de 2013 a 2020, de las indagatorias que se iniciaron en Jalisco bajo el Código Penal Federal, en el concepto de Delitos contra la Salud, 2014 fue el año con el mayor número de carpetas de investigación y/o averiguaciones previas, con 965 casos y en 2019 se registró el menor número de indagatorias iniciadas con 496 casos. De enero a junio de 2021 se iniciaron 251 investigaciones, lo que representó el 47.9% del total de las investigaciones registradas en 2020 (Ver gráfica 7).
Fuente: Elaborado por el IIEG con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
De enero a junio de 2021 se registraron en Jalisco 16 indagatorias por el delito de narcomenudeo del Fuero Federal bajo la Ley General de Salud. En el año 2013 se registró el mayor número de casos (144), con una tendencia a la baja durante los siguientes tres años, llegando a 20 casos en 2016; año a partir del cual, las indagatorias se mantuvieron al alza (Ver gráfica 8).
Fuente: Elaborado por el IIEG con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
En Jalisco, de enero a junio de 2021 se iniciaron 16 indagatorias del Fuero Federal bajo la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada. En 2017 solo se registraron 12 casos, año con el registro más bajo en los años de referencia, contrario a 2015, ya que fue el año con el mayor número de casos con 78 investigaciones (Ver gráfica 9).
Fuente: Elaborado por el IIEG con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Respecto a las carpetas de investigación y/o averiguaciones previas del Fuero Federal iniciadas en Jalisco bajo la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, de enero a junio de 2021 se registraron 514 casos. 2013 fue el año con el mayor número de investigaciones iniciadas con 1551 casos, a partir de ese año, la tendencia en este delito fue a la baja, continuando así hasta 2018 (Ver gráfica 10).
Fuente: Elaborado por el IIEG con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
A continuación, se presenta la definición de los delitos descritos en el presente documento.
1. Delitos contra la Salud. El Código Penal Federal en su Título Séptimo (delitos contra la Salud), Capítulo I, se refiere a la producción, tenencia, tráfico, proselitismo y otros actos en materia de narcóticos (estupefacientes, psicotrópicos y demás sustancias o vegetales que determinen la Ley General de Salud en su artículo 479, los convenios o tratados internacionales de observancia obligatoria en México y los que señalen las demás disposiciones legales aplicables en la materia). En los delitos contra la salud aplican conductas delictivas de producción, transporte, tráfico, comercio y suministro de narcóticos (que de acuerdo al Código Penal Federal constituyen un problema grave para la salud pública); cuando el inculpado posea alguno de los narcóticos señalados, en cantidad igual o superior a la que resulte de multiplicar por mil las cantidades referidas en el artículo 479 de la L.G.S (en este Artículo se publica una tabla con la relación de narcóticos y la orientación de dosis máximas de consumo personal e inmediato)1, se presume que la posesión tiene como objeto cometer alguna de las conductas delictivas anteriores.
2. Narcomenudeo. La Ley General de Salud, en su Título Décimo octavo, Capítulo VII, se refiere a los delitos contra la salud en su modalidad de narcomenudeo. El delito de narcomenudeo se ejecutará como fuero común cuando el narcótico se encuentre en la tabla de dosis máximas para consumo personal previsto en el Artículo 479 de ésta ley y la cantidad asegurada sea inferior a la que resulte de multiplicar por mil el monto previsto en dicha tabla, además de no existir elementos suficientes para presumir delincuencia organizada. El delito pasará a fuero federal cuando se presuma delincuencia organizada, la cantidad del narcótico sea igual o mayor a la cantidad resultante de multiplicar por mil el monto previsto en la tabla del Artículo 479, el narcótico no esté contemplado en la tabla de referencia o el Ministerio Público de la Federación solicite al Ministerio Público del fuero común la remisión de la investigación.
3. Delincuencia Organizada. En la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada (L.F.C.D.O.), en su Título Primero, Capítulo Único, Artículo 2o. se establece que cuando tres o más personas se organicen de hecho para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que por sí o unidas a otras, tienen como fin o resultado cometer alguno o algunos de los delitos siguientes, serán sancionadas por ese solo hecho, como miembros de la delincuencia organizada, los delitos mencionados son: los delitos tipificados en el Código Penal Federal (terrorismo, contra la salud, uso de moneda falsificada, operaciones de procedencia ilícita, en materia de derechos de autor) y otros delitos como acopio y tráfico de armas, tráfico de personas, tráfico de órganos, corrupción de personas menores de dieciocho años, trata de personas, secuestro, contrabando, delitos en materia de hidrocarburos, contra el ambiente y narcomenudeo.
4. Delitos cometidos en Materia de Hidrocarburos. La Ley Federal para prevenir y sancionar los delitos cometidos en Materia de Hidrocarburos (L.F.P.S.D.C.M.H.), en su Título Segundo, Artículos 8 y 9, establece como delito la sustracción de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, de ductos, vehículos, equipos, instalaciones o activos; además del aprovechamiento, compra, enajenación, comercialización, resguardo, transporte, distribución, ocultamiento, alteración o adulteración de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, sin derecho ni consentimiento de quien pueda disponer de ellos con arreglo a la ley.
5. Armas de Fuego y Explosivos. De acuerdo a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos (L.F.A.F.E.), en su Título Cuarto, Capítulo Único, es delito la portación de armas comprendidas en el artículo 9 y 10 de esta Ley y la posesión de cartuchos en cantidades mayores a las permitidas, así como la transmisión de la propiedad de un arma sin el permiso correspondiente. También se cataloga como delito la portación, posesión y acopio (más de cinco) de armas y posesión de cargadores de cartuchos para uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea sin el permiso correspondiente. Se denomina como delito la introducción al país en forma clandestina de armas, municiones, cartuchos y explosivos de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, así como la introducción, comercio y fabricación de armas que no están reservadas para el uso del Ejército, Armada y Fuerza Aérea sin el permiso correspondiente. Respecto a los explosivos, es delito la compra y enajenación de explosivos, artificios y substancias químicas relacionadas con explosivos sin el permiso correspondiente de la Secretaría de la Defensa Nacional.
Opio | 2 gr. | |
Diacetilmorfina o Heroína | 50 mg. | |
Cannabis Sativa, Indica o Mariguana | 5 gr. | |
Cocaína | 500 mg. | |
Lisergida (LSD) | 0.015 mg. | |
MDA, Metilendioxianfetamina | Polvo, granulado o cristal | Tabletas o cápsulas |
40 mg. | Una unidad con peso no mayor a 200 mg. | |
MDMA, dl-34-metilendioxi-n-dimetilfeniletilamina | 40 mg. | Una unidad con peso no mayor a 200 mg. |
Metanfetamina | 40 mg. | Una unidad con peso no mayor a 200 mg. |
Fuente: Elaborado por el IIEG con información de la Ley General de Salud.
Ver en el Anexo 2 la tabla con las cantidades referidas en dicha Ley.↩︎